Retiro se puede realizar hasta el 31 de diciembre del presente año.Retiro se puede realizar hasta el 31 de diciembre del presente año.

El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la Ley que autoriza a los trabajadores la libre disposición del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), con el fin de cubrir sus necesidades por causa de la actual crisis económica.

Mediante Decreto Supremo Nº 003-2024-TR, publicado ayer en el diario oficial El Peruano, se emitió dicho reglamento. La norma indica que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) puede dictar las disposiciones necesarias en el marco de su competencia, para el cumplimiento del presente decreto supremo.

Los trabajadores pueden disponer libremente, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2024, del 100% de los depósitos de la CTS que tienen acumulados hasta la fecha en las entidades financieras donde tienen su cuenta CTS.

El reglamento señala que el trabajador puede solicitar el retiro total o parcial del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS.

Para ello, se debe solicitar, preferentemente por canales digitales, que la entidad financiera efectúe el desembolso de la CTS mediante transferencias a las cuentas que el trabajador indique.

Recibida la solicitud de desembolso, la entidad financiera efectúa la transferencia a las cuentas del trabajador que éste indique en un plazo no mayor de dos días hábiles.

A partir hoy, los trabajadores en Perú ya podrán presentar sus solicitudes para retirar hasta el 100% de su CTS.

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