Procesos deberán ser anulados y se perderá millonada.Procesos deberán ser anulados y se perderá millonada.

En el mes de octubre, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones (DRTC) del Gobierno Regional Puno (GRP) lanzó la convocatoria para el mantenimiento rutinario de nueve tramos carreteros en la región y los miembros del Comité de Selección, transgredieron esa norma, exigiendo que cada postor deberá presentar documentos legalizados que sustenten la operatividad de las maquinarias con las que ejecutarán las obras.

MILLONARIA PÉRDIDA

Mediante un convenio suscrito el 15 de agosto entre la DRTC y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), se destinaron más de 15 millones de soles para la rehabilitación de tales vías, en diferentes provincias. Lamentablemente, ese dinero corre el riesgo de revertirse y perderse.

Lo grave es que en siete procesos ya se entregaron la buena pro y uno que es el tramo más extenso, Azángaro – Tintiri – Conduriri – Muñani, ya superó la etapa de consentimiento y quedó expedito para firmar contrato. Otros dos quedaron desiertos porque los postores no pudieron cumplir los requisitos “abusivos”.

Un especialista del OSCE, ayer nos explicó que la “Declaración Jurada” debió ser suficiente, dado que exigir documentos notariales no figuran en las bases estándar.

“En el caso que existiese alguna modificación o hubiese la necesidad de acreditar algún extremo que el anexo 3 no se diese por cumplido, se debió habilitar el literal e) siempre que se determine cuál es el extremo que debió acreditarse y con qué documento y siempre que no genere exigencia desmedida al postor. Acá lo exigieron a la mala, y está prohibido, es ilegal”, opinó el experto.

VICIO DE NULIDAD

Uno de los tantos pronunciamientos del OSCE es la Resolución 02874-2023-TCE-S2, emitida el último 3 de julio, contra EsSalud por modificar las bases estándares colocando como ‘candado’ que además de la declaración jurada presente un informe sobre las especificaciones técnicas.

En la página 18, que es el análisis de la impugnación, evidencian una transgresión al vulnerar el principio de libertad de concurrencia y competencia, y solicita que en 5 días hábiles se pronuncien sobre el vicio de nulidad.

En sus descargos, EsSalud sustentó que dicho documento exigido tenía la finalidad de garantizar la calidad del bien, pero el Tribunal de Contrataciones precisa “que las bases integradas no se ciñeron a las bases estándar ni a los lineamientos establecidos en la misma, por lo tanto ordena la nulidad del proceso. Ese destino es el que correrían los nueve tramos carreteros en Puno.

¿REVISIÓN?

Al respecto, el titular de la DRTC, Beto Portillo Calcina, trató de soslayar el craso error, y dijo que se exigió ese requisito para garantizar que las empresas aseguren las maquinarias y admitió que exigir documentos legalizados no está en la base estándar.

“La ley de contrataciones tiene sus ventajas y desventajas… todo aquel que inicia bien, termina bien; todo aquel que empieza con trampa va a terminal mal… Les dejo el criterio a los miembros del Comité para que revisen cómo debe ser de acuerdo a las normas”, dijo, quizás convencido de que los procesos serían anulados.

RESPONSABLES…

A su turno, el gobernador regional, Richard Hancco Soncco, también coincidió que si se solicitó un documento que no está en las bases estándar, se vulneró la norma.

“Obviamente, no puede exigirse lo que no está en las bases estándar, en eso de acuerdo… al anularse se tiene que determinar responsabilidades”, expresó molesto por la pérdida de esas partidas.

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