Juan Carlos Aquino fue alcalde de Desaguadero y de la provincia de Chucuito.

Tras nueve años de investigación fiscal y siete de proceso judicial, el último 1 de abril el titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Desaguadero, Raúl Rómulo Castillo Suaquita, dispuso el archivamiento definitivo de la denuncia por lavado de activos contra el exalcalde de esa localidad fronteriza (2011-2014) y de la provincia Chucuito – Juli (2015-2018), Juan Carlos Aquino Condori.

Esto se hizo en virtud a la solicitud de sobreseimiento que hiciera la propia fiscal Yesica Callacondo Olaguivel, quien concluyó que “no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado”.

Al conocido cariñosamente como “Chinchilico”, la Fiscalía de Lavado de Activos lo puso en la mira el 11 de junio del año 2015. Al cabo de 4 años la Fiscalía solicitó su primer sobreseimiento (archivo) del proceso, porque entonces no encontró elementos de prueba o un enriquecimiento inusual en su patrimonio.

90 DÍAS MÁS….

Sin embargo, el 28 de noviembre del 2019, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Desaguadero, dispuso “una investigación suplementaria por el plazo de 90 días (…). Las diligencias se programaron desde el 9 de diciembre del año 2019 al 01 de marzo de 2020; pero tomaron 3 años.

Los graves cargos eran por la sospecha de un desbalance patrimonial, pues le imputaron la posesión de una vivienda en la ciudad de Puno, una camioneta de 40 mil dólares, otras dos propiedades en Desaguadero valuadas en S/ 159 mil y S/ 673 mil, y una vivienda en Desaguadero (Bolivia).

De los actuados que obran en 57 tomos (más de 11 mil páginas) se tiene que Aquino Condori declaró en tres oportunidades: 17 de abril de 2017, 17 de agosto de 2018, y 17 de agosto de 2021.

El 23 de febrero de 2021 se dio el informe pericial contable 035-2021-MP-FN-GG-OPERIT y el 06 de abril de 2022, el perito Augusto Bambaren emitió el Informe Pericial 112-2022-EP-MP-FN. Ambos determinan que no hay enriquecimiento inusual. Esto debido a que algunas propiedades no eran de “Chinchilico”, eran herencia o sencillamente no figuraban a su nombre (casa de Bolivia).

La Fiscalía vuelve a solicitar el sobreseimiento y el juez dispone el 25 de julio de 2023, elevar ese pedido que sería confirmado. El 18 de enero de 2024 se resuelve declarar fundado el requerimiento fiscal sobreseyendo la causa.

Cabe mencionar que la Procuraduría no interpone recurso de apelación y, el juez Castillo Suaquita, mediante resolución 12-2024 del 1 de abril de este año archivó definitivamente la causa.

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