Con la norma, habrá reserva del destino de las cenizas.Con la norma, habrá reserva del destino de las cenizas.

El presidente de la República, Pedro Castillo, promulgó la ley que permite cremar los restos de personas que fueron condenadas por terrorismo, luego de que la propuesta fuera aprobada el pasado 16 de setiembre en el pleno del Congreso.

Así se dio a conocer en una publicación extraordinaria del diario oficial El Peruano, en la que se dio cuenta de la aprobación de parte del jefe de Estado y se detalló la norma que será aplicada para el cabecilla de Sendero Luminoso.

“La presente ley tiene por objeto incorporar el artículo 112-A a la Ley 26842, Ley General de Salud, a efectos de establecer el destino de cadáveres de internos por los delitos de traición a la patria o de terrorismo en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones terroristas”.

En los términos sobre la misma, se detalla: “En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo con sentencia firme (…) cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación previa necropsia”.

“La Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de 24 horas. La cremación se realiza en presencia de un representante del Ministerio Público.

En el texto se explica también que el Ministerio de Justicia dispone la dispersión de los restos cremados en tiempo y lugar de naturaleza reservada, y que en su ejecución contará con el apoyo del Ministerio del Interior.

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