Director de la DREP, no cree que se reúnan requisitos.Director de la DREP, no cree que se reúnan requisiDirector de la DREP, no cree que se reúnan requisitos. tos.

El Ministerio de Educación (Minedu) dispuso el inicio de clases escolares presenciales en algunas zonas rurales del país a partir del 1 de julio. Con la Resolución Ministerial 229-2020 publicada ayer en El Peruano, se establecen las condiciones que deberán tenerse en cuenta para ello. La lógica es que los colegios tengan limitaciones a acceso a medios de comunicación y conectividad de internet.

La norma señala que serán las direcciones regionales las que autoricen la prestación del servicio educativo.

El titular de la DREP, Mario Belavente Llerena, considera que en la región Puno, será difícil reunir las condiciones que exige el Gobierno. «Uno de las condiciones es que los maestros residan en la zonas rurales, no deben volver a las ciudades, y eso es común», precisó.

Detalló que los planteles deben reunir como requisito que la localidad o comunidad no tenga contagios de COVID-19, y la provincia tenga 10 o menos casos en los últimos 14 días; el colegio debe ser rural; el personal docente y directivo resida o se encuentre cumpliendo el aislamiento obligatorio en la localidad, y cuente con despistaje negativo de COVID-19; que exista la conformidad formal, por escrito de las autoridades locales y comunales; que el plantel cuente con los materiales de limpieza y otros señalados en el protocolo de retorno al servicio educativo presencial.

En la región hay 1 398 colegios primarios y 250 secundarios en las zonas rurales.

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