El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) actualizó las disposiciones sobre el uso de chalecos y cascos para motociclistas, tras la aprobación del Decreto Supremo N.º 018-2025-MTC.
Según informó la entidad, las nuevas reglas buscan fortalecer la seguridad vial y ciudadana, y mejorar el control de los vehículos menores en zonas declaradas en estado de emergencia.
El decreto precisa que las sanciones por no usar chaleco con el número de placa solo se aplicarán en los territorios y períodos bajo estado de emergencia por orden interno.
“El Decreto Supremo tiene como finalidad fortalecer la seguridad vial mediante la aplicación focalizada y proporcional de las sanciones”, indicó el MTC.
Multas y sanciones
Las infracciones por incumplir el uso del chaleco distintivo están tipificadas en los códigos G.68 (no portar el chaleco) y G.69 (impedir la visibilidad de la placa).
En ambos casos, la multa equivale al 8 % de la UIT (S/ 428), además de 20 puntos acumulativos en el récord del conductor y la retención del vehículo.
Nuevas reglas para cascos y lentes protectores
El decreto también detalla las condiciones técnicas para el uso de cascos de seguridad y lentes protectores.
Si el casco no cuenta con visor, el conductor y acompañante deberán usar lentes protectores.
La falta está tipificada con el código G.59, sancionada igualmente con S/ 428 de multa y la retención del vehículo.
Cambios técnicos y flexibilización del visor
El MTC indicó que el visor del casco no necesita ser completamente transparente, siempre que sea parte del diseño original y cumpla las normas de certificación.
También se eliminó la prohibición de añadir elementos protectores contra el viento o polvo, permitiendo mayor flexibilidad según las condiciones de conducción.
Estas disposiciones entran en vigencia desde hoy, domingo 9 de noviembre de 2025.
Comentarios de Facebook