El juez constitucional de Lima concedió “con efecto suspensivo” el recurso presentado por la Procuraduría del Parlamento, que busca revocar la sentencia que ordenó otorgar una pensión vitalicia al expresidente desde diciembre de 2022
El Poder Judicial detuvo la ejecución de la sentencia que ordenaba al Congreso de la República otorgar una pensión vitalicia al expresidente Pedro Castillo, luego de conceder “con efecto suspensivo” la apelación presentada por la Procuraduría Pública del Parlamento Nacional. Esta medida paraliza el cumplimiento de la resolución judicial hasta que una instancia superior emita un fallo definitivo.
El juez constitucional Alexis Anicama Budiel, del Décimo Juzgado Constitucional de Lima, admitió el recurso de apelación presentado por la defensa legal del Congreso al considerar que fue interpuesto dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Constitucional. En consecuencia, dispuso que el expediente sea remitido a la Sala Constitucional de Lima, la cual deberá evaluar el recurso y, de admitirlo, convocar una audiencia virtual con la participación de ambas partes.
La Procuraduría del Congreso solicita que la instancia superior revoque la sentencia de primera instancia y declare improcedente o infundada la demanda de amparo presentada por Pedro Castillo el 30 de mayo de 2024. Según su posición, el fallo inicial carece de sustento y excede las competencias del juez constitucional.
Como se recuerda, el 10 de septiembre, el juez Anicama había ordenado al Congreso otorgar al exmandatario una pensión vitalicia con todos los beneficios inherentes desde el 8 de diciembre de 2022. El magistrado argumentó que se vulneró el derecho a la igualdad, al existir precedentes como el del fallecido expresidente Alberto Fujimori, quien sí recibió dicho beneficio bajo la Ley 26519.
Además, el magistrado declaró nulas la Carta N.º 543-2024-DRHDGA/CR y la Resolución N.º 133-2024-DGACR, mediante las cuales el Congreso había denegado la pensión vitalicia y rechazado el recurso de apelación de Castillo.
No obstante, al haberse concedido la apelación “con efecto suspensivo”, la sentencia no podrá ejecutarse hasta que la Sala Constitucional resuelva el recurso. Esto significa que el proceso queda paralizado y el juez de primera instancia pierde competencia hasta que se emita una decisión definitiva.
La resolución del 13 de octubre marca un nuevo capítulo en el proceso judicial iniciado por el exmandatario, quien busca que se le reconozcan los beneficios correspondientes a los expresidentes del Perú, pese a haber sido destituido tras intentar disolver el Congreso el 7 de diciembre de 2022.
Comentarios de Facebook