El Primer Juzgado Especializado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró improcedente la acción de amparo que presentó Iván Prado Barreto, exgerente regional de Energía y Minas, en contra del Gobierno Regional de Arequipa (GRA).
Mediante la medida constitucional, el exfuncionario regional pretendía la anulación del acuerdo regional n.° 041-2025-GRA/CR-AREQUIPA, que fue aprobado por el Consejo Regional de Arequipa (CRA) en marzo de 2025, el cual dispone su censura, tras un proceso de interpelación, debido a una serie de cuestionamientos en su contra.
Prado Barreto argumentó en su pedido que dicha disposición regional amenazaba su derecho al trabajo y vulneraría el debido proceso en sede administrativa.
Sin embargo, el juzgado especializado en materia de garantías constitucionales de Arequipa aclaró que el CRA tiene la atribución de control político que, de manera originaria, le fue conferida. Por ello, se dispuso el archivo definitivo del proceso.
Respecto a este caso, el consejero Fernando Cornejo Pacheco sostuvo que con dicho fallo se ratifica la plena competencia para que el CRA pueda interpelar y censurar a los funcionarios del GRA, consolidando el control político y la autoridad fiscalizadora de dicho órgano legislativo.
«La sentencia aclara que es una competencia del consejo regional y que hemos actuado bajo la ordenanza regional que está vigente», añadió.
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