La Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró improcedente la acción de amparo presentada por el abogado Walter Paz Valderrama y un grupo de juristas que buscaban anular el acuerdo regional y el convenio mediante los cuales el proyecto Majes Siguas fue transferido del Gobierno Regional de Arequipa al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).
Según la sentencia N.º 18-2025, la demanda no acreditó una afectación directa a derechos constitucionales, por lo que el colegiado concluyó que el pedido no correspondía ser atendido por la vía constitucional. La sala consideró que la pretensión central era la inaplicación de normas que regulan la reasignación de competencias, materia ajena a este tipo de proceso. Se dejó a salvo el derecho de los demandantes para recurrir a la vía contencioso-administrativa.
Asimismo, el Poder Judicial precisó que no existe vulneración al debido proceso ni a la garantía institucional del Gobierno Regional, y descartó que se haya lesionado el principio de desarrollo regional autónomo. El expediente será archivado sin imposición de costas ni costos procesales.
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