TC incorpora a Fiscalía en hábeas corpus de Keiko: caso Cócteles

TC incorpora a Fiscalía en hábeas corpus de Keiko: caso Cócteles

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El Tribunal Constitucional (TC) resolvió incorporar al Ministerio Público como parte del proceso de hábeas corpus presentado por la defensa de Keiko Fujimori, con el fin de que esta entidad pueda ejercer su derecho de defensa frente a una de las pretensiones centrales de la demanda: la nulidad de todos los actos procesales desde el inicio de la investigación fiscal.

La resolución fue emitida el 30 de junio de 2025 y responde a la solicitud formulada por la abogada Giulliana Loza Ávalos, quien interpuso el recurso a nombre de la lideresa de Fuerza Popular. La demanda está dirigida contra el juez Víctor Raúl Zúñiga Urday y el procurador público del Poder Judicial, y alega vulneraciones al derecho a la libertad personal, a una resolución fundada fundada en derecho y al principio de legalidad penal.

La decisión del TC se sustenta en el artículo 46 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que permite incorporar a terceros si su derecho puede verse afectado por una resolución.

En este caso, al pedirse la nulidad desde la etapa preliminar, el Ministerio Público es considerado parte directamente implicada, ya que se pondría en cuestión la legalidad de toda su actuación desde 2017.

Fiscalía tiene diez días para responder

Según el fallo, el Ministerio Público tendrá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su notificación con la demanda, para presentar por escrito sus argumentos. Luego de ello, la causa quedará expedita para que el TC emita una resolución definitiva.

El TC también fundamentó su decisión en un hecho procesal reciente: la sentencia 327/2024, en la que se declaró fundada una demanda de hábeas corpus a favor de José Chlimper Ackerman, otro investigado en el mismo caso.

Esta decisión fue luego extendida a otros involucrados, incluyendo a Fujimori Higuchi, lo que derivó en la anulación del auto de citación a juicio oral contra ella y sus coimputados.

La defensa de Keiko Fujimori busca que se declaren nulas tres resoluciones judiciales clave: la que rechazó la excepción de improcedencia por el delito de lavado de activos (septiembre de 2022), la que hizo lo mismo respecto al delito de organización criminal (octubre de 2022), y la resolución del 30 de noviembre de 2023 que dictó el auto de enjuiciamiento. Como consecuencia, también se solicita el archivo definitivo del proceso.

Nulidad previa del auto de enjuiciamiento

Este recurso se presenta en un contexto judicial complejo. El pasado 3 de julio, el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional anuló el auto de enjuiciamiento contra Keiko Fujimori y más de 40 implicados en el caso Cócteles.

La decisión también dejó sin efecto el requerimiento acusatorio del Ministerio Público, lo que obliga a reiniciar el proceso desde su etapa intermedia.

La resolución judicial se basó en la sentencia 327/2024 del Tribunal Constitucional que benefició a José Chlimper y cuya aplicación fue extendida a los demás acusados.

De este modo, el juzgado ordenó que el Ministerio Público presente una nueva acusación que respete los criterios establecidos por el TC.

Además, apenas un día antes de conocerse la nulidad, el fiscal José Domingo Pérez presentó una nueva acusación contra Fujimori, solicitando 35 años de prisión por lavado de activos y otros delitos.

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