El Poder Judicial declaró improcedente el hábeas corpus presentado por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski. El recurso buscaba que se le permita viajar al extranjero.
El juez constitucional Jonathan Valencia López rechazó el pedido. La defensa del exmandatario alegó una vulneración a su derecho a la libertad individual y de tránsito. Apuntaban contra una alerta restrictiva emitida por Migraciones el 7 de junio.
PPK pretendía viajar a Miami para atenderse médicamente y reencontrarse con su esposa, a quien no ve desde hace siete años. No pudo abordar el vuelo.
Pero la demanda fue presentada el 9 de junio. Para entonces, ya existía una orden judicial que le impedía salir del país. Esta fue dictada por la jueza Margarita Salcedo un día antes, el 8 de junio.
El juez Valencia concluyó que la situación jurídica de Kuczynski ya había cambiado cuando se interpuso el recurso. Por eso, declaró la demanda como carente de objeto. Es decir, ya no tenía sentido pronunciarse sobre el fondo.
La resolución afirma que el hecho denunciado dejó de existir antes de que se presentara la demanda. La vulneración alegada —haber sido impedido de viajar sin mandato judicial— quedó sin efecto por la posterior orden judicial de impedimento.
PPK es investigado por presuntos aportes irregulares a su campaña presidencial de 2016. Tiene impedimento de salida por 18 meses.
El caso fue archivado de forma definitiva.
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