Patricia E. P., de 48 años, fue sentenciada a dos años y siete meses de prisión suspendida tras ser hallada culpable del delito de actos libidinosos sin consentimiento. La sentencia fue emitida por el 5to Juzgado Penal Unipersonal sub especializado en Delitos Asociados a la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a cargo de la jueza Crisley Herrera Claure.
Los hechos ocurrieron en marzo de 2023 durante una fiesta de 15 años en un local de eventos de la avenida Alfonso Ugarte. Según la investigación del Ministerio Público, la imputada besó y mordió los labios de un joven de 19 años sin su consentimiento tras entablar una breve conversación.
En la audiencia, Patricia E. P. aceptó los cargos y se acogió a la conclusión anticipada, lo que permitió un juicio abreviado. Como parte de la sentencia, la jueza impuso reglas de conducta que incluyen presentarse cada dos meses ante el juzgado, someterse a tratamiento psicológico, abstenerse de cometer nuevos delitos y pagar 600 soles de reparación civil a la víctima.
Se advirtió que el incumplimiento de cualquiera de estas medidas podría derivar en la revocación de la pena suspendida y su ingreso al penal para cumplir la condena. Este caso marca un precedente en la protección de los derechos de las víctimas de agresiones sexuales, independientemente de su género.
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