Una de las reformas constitucionales más resaltantes del 2024, hoy vigente, fue sin duda la promulgación del retorno a la bicameralidad. Así, después de 36 años, el próximo Congreso que se instalará el 28 de julio del 2026 será bicameral, con 130 diputados y 60 senadores elegidos por cinco años. Dicha reforma apunta a mejorar la calidad de la representación política en Perú y de la producción legislativa.
El Congreso bicameral, con 190 miembros, será conducido en forma alterna por el presidente de la Cámara de Diputados y el presidente de la Cámara de Senadores.
Los senadores y diputados tienen un periodo de cinco años, su función es a tiempo completo, irrenunciable, y permite la reelección de manera inmediata en el mismo cargo, de acuerdo con la Ley 31988, Ley de Reforma Constitucional que restablece la bicameralidad en el Congreso.
CÁMARA DE SENADORES
Los 60 senadores serán elegidos asegurando por lo menos uno por cada una de las 27 circunscripciones electorales: Lima, Callao, Lima Provincias, peruanos en el exterior y 23 regiones. Los restantes son elegidos por distrito único electoral nacional.
Para ser elegido senador se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 45 años de edad al momento de la postulación, haber sido congresista o diputado y gozar del derecho de sufragio, lo que abre el camino para que los actuales parlamentarios vuelvan a postular.
Entre sus principales atribuciones se encuentra aprobar, modificar o rechazar las propuestas legislativas aprobadas en primera instancia por la Cámara de Diputados y de remitir la autógrafa de ley al presidente de la República para su promulgación.
Tendrá como facultad, asimismo, autorizar al presidente de la República salir del país, el ingreso de tropas extranjeras en el territorio nacional, aprobar los tratados, revisar los decretos de urgencia dictados por el presidente de la República durante el interregno parlamentario, entre otros.
También le corresponde suspender o no al funcionario público acusado o inhabilitarlo para el ejercicio de la función pública hasta por 10 años, o destituirlo de su función, con base en la acusación formulada por la Cámara de Diputados.
CÁMARA DE DIPUTADOS
Para ser elegido diputado se requiere ser peruano de nacimiento, haber cumplido 25 años de edad al momento de la postulación y gozar del derecho de sufragio.
La Cámara de Diputados tendrá como función aprobar leyes en primera instancia, velar por el respeto a la Constitución, autorizar empréstitos, ejercer el derecho de amnistía, aprobar leyes de demarcación, y otras atribuciones que señala la Constitución.
Asimismo, dentro de los 30 días de haber asumido sus funciones, recibirá al presidente del Consejo y los ministros de Estado para debatir la política general del Gobierno y las principales medidas que requiere su gestión. Concluido el debate ya no se pedirá el voto de confianza de esta cámara.
La Cámara de Diputados también tiene la función de interpelar a los ministros de Estado y hacer efectiva la responsabilidad política del Consejo de Ministros, o de los ministros por separado, mediante el voto de censura o el rechazo de la cuestión de confianza.
Asimismo, acusará ante el Senado al presidente de la República, senadores, diputados, ministros de Estado, magistrados del Tribunal Constitucional, miembros de la Junta Nacional de Justicia, jueces de la Corte Suprema, fiscales supremos, defensor del pueblo y al contralor general por infracción de la Constitución y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado.
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