Solo hasta el 31 de diciembre, los ciudadanos pueden retirar sus fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), según el Decreto Supremo N° 003-2024-TR, el cual amplió la libre disponibilidad desde el 27 de mayo del presente año.
Esta medida, que buscaba mitigar los efectos de la crisis económica que vivió el país, permite a los trabajadores retirar parcial o totalmente los fondos. ¿Cómo tramitarlo?
Los usuarios pueden acudir a la entidad financiera, banco, caja municipal u otro establecimiento, donde esté depositado el CTS y solicitar el desembolso. Asimismo, puede solicitar la transferencia del dinero a otra cuenta bancaria, a través de los canales digitales.
El plazo máximo para esta último opción es de dos días hábiles luego de recibir la solicitud.
Pueden acceder a este beneficio, los trabajadores del sector privado bajo el Texto Único Ordenado del DL N° 650, los empleados de empresas estatales sujetos al régimen laboral de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral y los servidores civiles de entidades públicas bajos los regímenes laborales del TUO del DL N° 650 o la Ley N° 30057.
Desde el primero de enero del 2025, estos fondos volverán a ser intangibles y no podrán utilizarse de manera libre.
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