Lima. El expresidente Martín Vizcarra seguirá cumpliendo la regla de conducta que le obliga a no ausentarse de Lima sin previa autorización judicial como parte del proceso penal que se le sigue por presuntos actos de corrupción cuando fue presidente regional de Moquegua.
El juez Ubaldo Callo Deza declaró infundado un pedido del exmandatario, a través de su defensa legal, para que se ordene el cese de dicha regla de conducta, impuesta como parte del juicio. El magistrado también declaró “improcedente” la pretensión subordinada que presentó la defensa legal del exjefe de Estado solicitando que se reformara dicha regla de conducta a fin de que se le imponga la medida de no ausentarse de la localidad en la que reside sin previa comunicación a la autoridad judicial siempre y cuando no afecte ningún acto procesal del Poder Judicial.
Mediante una resolución emitida el último 8 de noviembre el juez Callo Deza indicó que la referida regla de conducta impuesta a Vizcarra busca asegurar que el investigado esté siempre a disposición de la autoridad judicial para la realización de actos procesales propios del proceso penal, como es el desarrollo del juicio oral al que está sometido por el mencionado caso, “ya que es lógico suponer que cuando una persona sale de su localidad, no podrá ser encontrada fácilmente para participar en el acto procesal que se le requiera en el juicio oral, generándose un cierto peligro procesal”, informó RPP.
AUTORIZACIONES
El magistrado precisó que no se puede alegar que los derechos políticos del exmandatario se han visto restringidos gravemente ya que, como su propia defensa ha señalado, desde el momento en el que se le impuso dicha regla las veces que solicitó autorización de viaje el juzgado ha otorgado el permiso para sus salidas siempre y cuando se presentaran motivos fundados. y
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