Desde las 00 horas de hoy hasta el 30 de noviembre del 2024 está prohibido extraer (pescar), transportar, procesar, comercializar y/o almacenar el choro. El Ministerio de la Producción estableció la temporada de veda reproductiva.
Solo podrán vender esta producto hidrobiológico, quienes tengan documentación que acredite su extracción antes de la fecha de inicio de la temporada de veda.
Las personas que no respeten esta disposición serán sancionadas, según lo establece el Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca y otras normas legales.
El monitoreo estará a cargo del Instituto del Mar del Perú.
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