Dina Boluarte.Dina Boluarte.

A finales de mayo pasado, el Gobierno de Dina Boluarte aprobó presentar ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda competencial contra el Poder Judicial y el Ministerio Público para neutralizar tres de las investigaciones que enfrenta la jefa de Estado por las muertes en las protestas en contra de su gestión, el caso Rolex y la desactivación del equipo policial anticorrupción horas antes del arresto de Nicanor Boluarte, su hermano.

DETALLES Y ARGUMENTOS DE LA DEMANDA

La demanda fue presentada, el pasado 25 de julio, por el procurador especializado en materia constitucional, Luis Huerta Guerrero, quien representa al Ejecutivo en este proceso; luego de la aprobación en Consejo de Ministros, según el diario El Comercio.

En el oficio destacan que la figura de la jefa de Estado es el cargo más importante de la Nación y que el Perú cuenta con un régimen presidencial atenuado, alegando que se trata de algo que “no puede ser alterado a través de interpretaciones constitucionales”.

Adicionalmente, manifiestan que los actos concretos del Ministerio Público y el Poder Judicial que afectan las competencias del Ejecutivo se vinculan con las interpretaciones que ambas entidades vienen realizando sobre la prerrogativa presidencial establecida en el artículo 117 de la Carta Magna.

En el mencionado artículo de la Constitución se establece que los presidentes pueden ser acusados mientras ejerzan su cargo por los siguientes delitos: “traicionar a la patria, impedir las elecciones y el funcionamiento del sistema electoral, así como disolver el Congreso inconstitucionalmente”.

El Ejecutivo advirtió que se han emitido resoluciones fiscales y judiciales vinculadas con hechos que “no se enmarcan dentro de lo previsto en la referida norma constitucional”.

Pese a que en la demanda del Gobierno no se solicita explícitamente que se anulen las resoluciones o disposiciones fiscales, sí destacan los efectos del artículo 112 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que establecen que determina competencias y “anula disposiciones, resoluciones o actos viciados de competencia”.

“En el presente caso se solicita al Tribunal Constitucional que, como consecuencia de determinar las competencias del Ministerio Público y del Poder Judicial respecto a la prerrogativa presidencial contenida en el artículo 117° de la Constitución, se pronuncie sobre los efectos de su sentencia respecto a las resoluciones fiscales y judiciales que dan lugar a la presente controversia”, así que de aprobarse la demanda se neutralizarían las investigaciones contra Boluarte.

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