Debido al incremento de acciones delincuenciales en Juliaca, el último viernes a través del Decreto Supremo N°067 – 2024 – PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, el Ejecutivo declaró en Estado de Emergencia por 30 días calendario a la provincia de San Román (Puno), durante este periodo la Policía Nacional del Perú (PNP), asumirá el control del orden interno.

Al respecto, surgieron diversas interpretaciones e interrogantes por parte de reconocidos abogados y dirigentes, quienes coincidieron en que, a diferencia de otros que ya se dieron anteriormente, no especificaría horarios y falta de claridad en varios puntos; además que con esta declaratoria se restringe al juliaqueño de varios derechos constitucionales.

UNA MEDIDA DESESPERADA

Para el abogado Iván Trujillo Hilasaca esta declaratoria es una medida desesperada del Gobierno para mitigar las protestas sociales que se anunciaron a realizar a partir del 25 julio.

¿INFORME CONTRADICTORIO DEL GENERAL?

Cuestionó el informe técnico que motivó la declaratoria de este Decreto e hizo referencia al considerando seis del decreto, el cual consideró que sería contradictorio a lo vertido por el general de la X Macro Regional Policial de Puno, Pedro Ortiz.

«Este considerando que hace referencia al Informe N° 041-2024-COMOPPOL-PNP/DIRNOS/REGPOL-PUNO/UNIPLEDU de la Región Policial Puno, a través del cual el general informa sobre la grave amenaza al orden interno en la provincia de San Román. Sin embargo este informe es completamente contradictorio a las versiones de este general, quien hace dos semanas dijo que los índices de criminalidad en Juliaca habrían bajado y que no sería necesario una declaratoria de emergencia, eso lo manifestó de manera pública (…)», cuestionó.

SUSPENDEN DERECHOS FUNDAMENTALES?

Además, Trujillo cuestiono que referido secreto no tendría un rumbo.

«Se está suspendido derechos como la libertad de inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad de seguridad personal que estable los numerales 9, 11, 12 y 14 del artículo 2; sin embargo, considerando que la declaratoria es por la inseguridad ciudadana el Ejecutivo solamente debió suspender dos derechos que no implican a la libertad de tránsito y reunión», explicó.

SUSPENDEN TODO TIPO DE REUNIONES

«No podrán hacer marchas o cualquier tipo de concentración de personas, como matrimonios, bautizos y otros eventos sociales, se sobreentiende que las discotecas también tendrán que cerrar sus puertas», refirió.

¿NADIE PODRÁ SALIR DE LA PROVINCIA?

Detalló que con suspensión de la libertad de tránsito no solo está suspendida en la provincia de San Román sino a nivel nacional.

«O sea un juliaqueño no podrá viajar durante estos 30 días a Lima, Arequipa u otras regiones porque serán capturados (…), entonces si tengo un DNI que consigna como mi domicilio en Juliaca y me atrevo a viajar a otra región la Policía me podría detener(…)», enfatizó, al mismo tiempo de preguntarse en qué ayudará la suspensión de este derecho a la inseguridad.

«Es una medida política», lamentó.

NO ESPECIFICA ACTUAR DE LAS FF.AA.

Respecto al artículo 3, que establece intervención de la Policía, el abogado explicó que no refleja la realidad. «En este decreto no se establece ni especifica cuál será el trabajo las Fuerzas Armadas durante este tiempo, entendemos que las Fuerzas Armadas y la Marina actuarían a su libre albedrío, no los regulan (…)», dijo.

Además, cuestionó que en el decreto tampoco especifica el papel de entidades como Migraciones, Sucamec y otros en Juliaca durante estos 30 días de Estado de Emergencia.

«Esta es una normativa general donde no se expresa aspectos fundamentales (…), la Policía podría cometer excesos», lamentó.

Finalmente, mencionó que este decreto es autoaplicativo, por lo tanto, está vigente desde el último viernes.

¡LA LEY ES PARA TODO!

Además, cuestionó la actividad que se desarrolló ayer con la presencia de algunas autoridades de la provincia y manifestó que deberían ser sancionadas.

«Según el decreto todo tipo de reunión se debe suspender, eso incluye la reunión que se ha tenido en la Plaza de Armas, como el desfile e izamiento que se realizó hoy (ayer), se supone que la normativa es para todos (…), no sé si las autoridades han leído este decreto (…)» explicó.

¡SOLO INTERVENDRÁ EN ACTOS ILÍCITOS!

Al respecto, el abogado Augusto Condori explicó que se trata de un decreto genérico donde se da facultades a la Policía.

«Si hay un evento se debe pedir autorización a la Subprefectura (…), Durante actos protocolares, como desfile, no puede intervenir la Policía considerando que no es un acto ilícito, solo actúan donde hay indicios delictivos (…), respecto a la restricción de tránsito a nivel nacional que la Policía puede intervenir, pero no detener si no está involucrado en acto ilícito (..)», indicó.

CONSIDERA UN SALUDO A LA BANDERA

En tanto, el expresidente de las 4 Zonas, Antero Pimentel, consideró que este decreto sería un saludo a la bandera y que no solucionará el problema de la inseguridad.

«Luego de este decreto hemos visto que los locales como cantinas y discotecas en pleno centro de la ciudad continúan con las puertas abiertas, entonces de qué estado de emergencia estamos ablando», lamentó.

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