La comunidad campesina de Ollaechea, asentada en la provincia de Carabaya en Puno, ha presentado una demanda de amparo por la falta de consulta previa sobre el funcionamiento de la Central Hidroeléctrica San Gabán II.
Exigen el 5% de ingresos obtenidos y demandan la nulidad de los memorandos que autorizaron su operatividad.
Argumentan que la empresa, inició sus actividades desde el año 1999 sin que se cumpla con la Consulta Previa prevista en el artículo 15.2 del Convenio 169 de la OIT, que garantiza el derecho de los pueblos indígenas a beneficiarse de proyectos en sus territorios.
En ese marco sustentan que a más de dos décadas de operación del proyecto, la comunidad no habría percibido beneficios directos o compensaciones, pese a que también existiría afectación en sus principales vertientes.
Los demandantes solicitan que se declare fundada la demanda de amparo y se reconozcan las violaciones a sus derechos constitucionales y derivados de tratados internacionales. Además, piden la nulidad de las resoluciones y memorandos que autorizaron el proyecto, así como un nuevo proceso de consulta y el 5% de ingresos.
Actualmente la central hidroeléctrica, estaría en su etapa final, sin embargo, existe la C.H. San Gabán III.
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