El titular del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, Máximo Tacuri Robles, admitió a trámite la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa de Walter Aduviri Calisaya, contra la resolución 182-2023, emitida el último 28 de noviembre, la que revoca la condicionalidad de la pena impuesta de 4 años por el ‘aymarazo’ de 2011, y ordena la ubicación y encarcelamiento.
La variación del mandato fue por no pagar la reparación civil de 2 millones de soles. El sentenciado amortizó la cantidad de S/ 59 mil 395 en medio centenar de depósitos.
El abogado defensor, Beltrán Hancco, fundamentó la demanda, considerando que se está vulnerando el derecho a la libertad de Aduviri Calizaya, con una interpretación que contravendría sendas casaciones.
Así, días atrás, el 14 de diciembre, el juez Tacuri Robles dispone admitir a trámite la demanda constitucional de hábeas corpus interpuesta por Beltrán Hancco Quispe, a favor de Walter Aduviri Calisaya, en contra de los magistrados: Youl Riveros Salazar, titular del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Puno; y el colegiado de la Sala Penal Liquidadora, Oscar Ayestas Ardiles, Roberto Condori Ticona y Javier Arpasi Pacho.
Se alegó “la vulneración de los derechos a la libertad individual, tutela procesal efectiva, debido proceso (observancia del principio de legalidad procesal penal), el derecho a la certeza, la prohibición de revivir procesos fenecidos, principio de no dejar de administrar justicia por vacío o deficiencia de la ley, el principio de proporcionalidad», entre otros.
¿PREVARICATO?
El abogado defensor dijo a Sin Fronteras, que estos días presentarían una denuncia penal contra dichos magistrados, por el delito de prevaricato, “porque han emitido una resolución manifiestamente contraria a ley, al ordenar su internamiento al penal sin tomar en cuenta que Walter Aduviri ya ha cumplido la pena privativa de libertad de 4 años desde el 25 de agosto del 2019 hasta el 25 de agosto del 2023 de los cuales 1 año, con 3 meses y 15 días, estuvo internado en el penal de Puno y el resto del tiempo hasta el 25 de agosto del 2023 estuvo en libertad pero con restricciones”, expresó.
Hancco Quispe explicó que la lógica de dichos jueces es que computan el periodo de condena desde el 9 de diciembre del 2020 y recién cumpliría su condena el 9 diciembre del 2024. “Dónde queda 1 año con 3 meses y 15 días que estuvo preso Walter Aduviri desde el 25 de noviembre del 2019 hasta el 10 de diciembre del 2020. Es totalmente arbitrario”, añadió.
“Aduviri ingresó al penal con sentencia y no con prisión preventiva; lo único que la Corte Suprema hizo es reformar o rebajar la pena de 6 a 4 años, por lo que no ha cambiado el fondo de la sentencia impuesta por el Juzgado, la que ha sido confirmado por la Sala Penal de Apelaciones, en el año 2019. Está claro”, precisó.
Finalmente, refirió que resultaba desproporcionar que a su cliente lo pretendan apresar, cuando pagó parte de la fianza, «pero a Fujimori que debe S/ 57 millones, lo liberan. Por eso ya no se cree en la justicia», concluyó.
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