La represa San José de Uzuña se construyó en terrenos de comunidad campesina.La represa San José de Uzuña se construyó en terrenos de comunidad campesina.

La jueza del Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Karina Apaza del Carpio, declaró fundada la demanda de acción de amparo interpuesta por la Comunidad Campesina del distrito de Polobaya en contra del Gobierno Regional de Arequipa (GRA) y dispuso se suspenda el procedimiento administrativo de saneamiento físico de los predios que ocupa la represa San José de Uzuña.

La sentencia ordena se declare la nulidad del Acuerdo Regional N° 085-2022-GRA/CR emitido por el consejo regional el 22 de setiembre del 2022, que declaró de necesidad pública, prioridad e interés regional el saneamiento físico legal del terreno donde se ha ejecutado la represa en referencia. Es decir, entre los cerros Yanaorco y Paltaorco, en el distrito de Polobaya. El acuerdo se emitió sin consulta previa a la comunidad campesina.

En su fundamentación jurídica, la jueza Karina Apaza afirmó que el GRA vulneró el derecho a la consulta previa de la Comunidad Campesina de Polobaya, que contempla la legislación vigente y el derecho de propiedad, identidad étnica y autonomía comunal, por lo cual dispone se brinde un trato digno para todos los miembros de la comunidad campesina.

Sin embargo, este fallo podría ser apelado ante la segunda instancia por el Gobierno Regional de Arequipa a través de la Procuraduría Regional.

Es importante mencionar que el GRA ejecutó la obra “Construcción de presa de tierra entre los cerros de Yanaorco y Pataorco, en Polobaya”, conocida como Presa de San José de Uzuña, liquidándose dicha obra en mayo del 2015 con un presupuesto de S/21 millones 536 mil 509. La represa se ubica en propiedad de la Comunidad Campesina de Polobaya, en un área de más de 80 hectáreas.

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