JNE canceló inscripción de 8 movimientos regionales que participaron en los últimos comicios.JNE canceló inscripción de 8 movimientos regionales que participaron en los últimos comicios.

Tras la realización de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) procedió a cancelar la inscripción de 8 movimientos regionales que participaron en los últimos comicios.

El Registro de Organizaciones Políticas (ROP) ha publicado en su plataforma “con inscripción cancelada”, incluyendo a partidos que en las justas electorales del 2 de octubre pasado colocaron alcaldes en localidades de la región Puno.

Sin embargo, el fundamento de su retiro del ROP se establece en el artículo 13-A de la Ley 30995, que precisa por no haber alcanzado al menos un consejero regional y al menos el ocho por ciento (8%) de los votos válidos en la elección regional en la circunscripción por la cual participa.

La norma es atentatoria a las organizaciones regionales, pues además señalan como causal para depurarlas del ROP, por no participar en la elección regional, por no participar en la elección municipal de por lo menos dos tercios (2/3) de las provincias y de, por lo menos, dos tercios (2/3) de los distritos de la circunscripción regional en la que participa. Además hay tras causales y ‘sinrazones’.

Así, una vez revisada el Acta de Proclamación de Resultados de las referidas, el ROP advirtió que 8 agrupaciones políticas no lograron reunir los requisitos de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP) para mantener su registro.

DEPURADOS

Por esta razón, el ROP canceló de oficio la inscripción de Frente Amplio para el Desarrollo del Pueblo (Fadep), Gestionando Obras y Oportunidades con Liderazgo (GOOL), Identidad Regional, Movimiento Acción Regional (Acción), Movimiento de Integración por el Desarrollo Regional (Mi Casita), Poder Andino, Por las comunidades Fuente de Integración Andina de Puno ( Confia Puno), y Proyecto Andino Nacional (PAN).

La inscripción de estos movimientos fue depurada del ROP el último 16 de febrero, luego de emitidas sendas resoluciones. Para que estas queden consentidas se deberá agotar hasta las apelaciones.

Cabe mencionar que la Ley 30995 buscó incrementar los requisitos para que un partido conserve su inscripción, lo cual, según politólogos, atenta más a los movimientos regionales, ya que señala que de esta forma se podrá “acercar a un sistema político con menos partidos y movimientos regionales, pero mucho más fuertes, representativos.

El artículo 13-B. sobre ”Permanencia de la alianza electoral”, salvó al Movimiento “OSO” ya que se presentó a los comicios pasados como alianza electoral con Reforma y Honradez y más obras (RH+). “El que haya obtenido representación o haya ganado la respectiva elección debe mantenerse durante el periodo correspondiente”.

NO ACEPTAN

Voceros del movimiento Confia dijeron que la resolución de cancelación era ambigua por lo que presentarán una reconsideración ante el ROP.

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