Debido a la situación de conflictividad que atraviesa el país, el Gobierno decretó la inmovilización social obligatoria por cinco días de los pobladores de diversas provincias de ocho regiones —no incluye a Lima— en sus domicilios, al amparo del estado de emergencia nacional.
Así lo establece el Decreto Supremo 144-2022-PCM, publicado en la edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que detalla las jurisdicciones y los horarios. En Arequipa, por ejemplo, el toque de queda será de 20:00 a 4:00 horas.
La inmovilización social obligatoria también regirá en las provincias Virú (La Libertad) de 18:00 a 4:00 horas; Ica y Pisco, en Ica, de 19:00 a 4:00 horas; Andahuaylas y Chincheros, en Apurímac, de 18:00 a 4:00 horas.
También en las provincias de Cusco, La Convención, Chumbivilcas y Espinar, en el Cusco, de 20:00 a 4:00 horas; en Carabaya y San Román (Juliaca), en Puno, de 20:00 a 4:00 horas; en Tayacaja y Angaraes, en Huancavelica, de 19:00 a 4:00 horas; y en Cangallo (Ayacucho) de 19:00 a 4:00 horas.
Durante la medida, las personas pueden circular por las vías de uso público solo para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos y medicinas, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
También podrán transitar los trabajadores de servicios esenciales como agua, luz, salud, recojo de residuos, etc.
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