Cerapio Román Mestas, postula a la alcaldía provincial de Sandia por el movimiento GOOL y se ha negado en reconocer la paternidad de una bebé, fruto de una relación extramatrimonial.
El 25 de noviembre de 2021, la madre, a quien llamaremos «Nadine», presentó una demanda de filiación judicial de paternidad extramatrimonial, ante el Juzgado de Paz Letrado de Sandia, para que reconozca a su hija, quien entonces tenía solo 5 meses de nacida.
Asimismo, solicitó una pensión de alimentos mensual de 1000 soles.
«Es el caso que pese a constantes pedidos al demandado para que reconozca a su hija, este ha manifestado su negativa…», se lee en la demanda. Y añade que procedió a inscribir a la criatura ante el Reniec, con los apellidos del que considera su padre biológico.
Como «Nadine» tiene la seguridad, requiere que «el vínculo paterno filial se acredite con la prueba biológica de ADN».
Cerapio Román Mestas, ha sido presidente de las rondas campesinas de Sandia, siendo docente, pero a la fecha no ejerce esa profesión.
La mujer indica que este «tiene otros ingresos más rentables como hacer servicio de transporte al distrito de Alto Inambari, con sus dos unidades móviles…».
COCALERO
Asimismo, se brindó información de que el demandado «al mismo tiempo tiene grandes extensiones de chacra de coca en el valle de Alto Inambari», y tendría un ingreso de 5000 soles por las minivanes, además de lo que percibiría de las plantaciones de la hoja milenaria.
SE NEGÓ
El juez en mención el 16 de diciembre de 2021 ordena al ahora candidato, que en un «plazo de 10 días cumpla con reconocer a la menor (…) como su hija». Además dispone el trámite de la pensión alimenticia.
No obstante, el 27 de enero de 2022, Román Mestas presenta su oposición, alegando que se somete a la prueba de ADN, ya que «Nadine» «no ha probado que haya tenido relaciones sexuales con el demandado, ni la fecha de la concepción de la hija».
CONTRADICCIÓN
En dicha oposición, Román Mestas indica de manera dudosa que «no es verdad que haya mantenido relaciones extramatrimoniales con la demandante… Y si hubiera tenido una hija, le hubiera puesto el nombre de mi madre».
Más adelante, refiere que «el recurrente no ha evadido la responsabilidad de padre tal como lo precisa la demandante, pues este nunca tuvo conocimiento de esta, en caso fuese mi hija». Si no tuvo relaciones ¿cómo puede admitir esa posibilidad?
El 7 de marzo de 2022, el juez Jorge Nina Cariapaza, admite a trámite la oposición, pero dispone que este se someta a la prueba de ADN y ordena el pago de esta.
El aludido candidato nos contestó vía celular y dijo que hace un par de semanas, pasaron la prueba de ADN.
Dijo que por consejo de su abogado había negado el romance extramatrimonial. «Pero ha sido una vez, eso puedo decir, la chica me dijo, yo acepté, una vez», luego cortó la llamada.
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