En realidad se trata de una ampliación del plazo que ya se dio: 15 días más.En realidad se trata de una ampliación del plazo que ya se dio: 15 días más.

El Gobierno decidió dar 15 días de plazo adicional -contados a partir del 1 de abril- para que los trabajadores que hacen actividades presenciales, tanto del sector público como privado, se coloquen la tercera dosis de la vacuna contra la covid-19.

Así quedó detallado en el Decreto Supremo N° 030-2022-PCM publicado ayer en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, en el cual se indica, además, que esta ampliación es única y excepcionalmente para personas en modalidad de labor presencial.

“Durante un plazo máximo de quince días calendario contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo (1 de abril), pueden seguir realizando actividad laboral presencial los prestadores de servicios de la actividad privada y los trabajadores del sector público que no cuenten con la tercera dosis”, indica.

El dispositivo legal también establece que se mantienen vigentes las medidas sanitarias como el uso de la doble mascarilla (mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla de tela) o una KN95 para circular en espacio públicos o cerrados.

SALUD

Asimismo, el Decreto Supremo indica que los trabajadores del sector Salud deben contar con tres dosis de la vacuna para cumplir las labores de manera presencial en su centro de labores, debido al alto riesgo de contagio y propagación del covid-19.

En cuanto a los peruanos, extranjeros residentes o no residentes de 12 años a más que vengan del exterior, deben acreditar haberse aplicado dos dosis de la vacuna, y la tercera para los mayores de 18 años.

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