El Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas (TNRCH) de la Autoridad Nacional del Agua, archivó el procedimiento administrativo sancionador en contra de la Municipalidad de Yura, tal como indica la Resolución N°153 -2020- ANA/TNRCH (notificada al municipio el 26 de enero del 2021).
Además, el documento declara fundada la apelación que realizó la comuna y queda revocada la Resolución Directoral N°1233-2019-ANA/AAA.CO, del 11 de octubre del 2019, que sancionaba al municipio con una multa de 12.92 Unidades Impositivas Tributarias.
Como se recuerda la Administración Nacional de Agua (ANA) estableció responsabilidad al municipio de Yura por supuestamente haber dañado el cauce de la quebrada de Quiscos y destrucción de la vegetación ribereña, con maquinaria pesada en enero del 2019.
El principal argumento que tuvo el TNRCH para declarar fundado el recurso de apelación realizado por la Procuraduría Pública Municipal fue el contenido en el considerando 3.9.5 que dice: En este sentido, si bien se acreditaron que los trabajos de movimiento de tierras y demolición en la Quebrada de Quiscos por parte de la Municipalidad Distrital de Yura (24-01-2019), no se evidencia que los efectos de daño, obstrucción o destrucción se hayan ejecutado sobre cauces o cuerpos de agua y bienes asociados al agua de índole natural o artificial, puesto que los afloramientos de aguas termales, la vegetación y el cauce de la quebrada Quiscos ya se encontraban intervenidos previamente por infraestructuras ejecutadas por terceros con la finalidad de usar aguas termales con fines recreativos.
El alcalde de la municipalidad de Yura, Néstor Chicaña Nina informó que, con dicha resolución se confirma el argumento del ex burgomaestre Ángel Benavente Cáceres: “No se ocasionó daño a las aguas termales en Quiscos, solo se intervino las áreas construidas por terceros que eran usadas en condiciones insalubres y además cobraban por su uso”.
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