Reglamento operativo 296-2020-EF/15 establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas.Reglamento operativo 296-2020-EF/15 establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas.

El domingo 18 de octubre, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el reglamento de la ley que permite reprogramar deudas a menores tasas de interés y en tan solo 15 días desde el ingreso de la solicitud, con la posibilidad, además, de congelar las obligaciones financieras por unos meses de los créditos de consumo, personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y mypes, de personas naturales y micro y pequeñas empresas.

Sin embargo, tras haber pasado una semana de su publicación, Jurnet Machaca, presidenta de la Asociación de Deudores de Arequipa, informó que la norma sólo beneficia a un 10% de los ciudadanos con deudas en las entidades bancarias. Además, reportó que ya se empezaron a presentar problemas, puesto que algunos deudores ya han asentado las primeras denuncias debido a que los bancos argumentan no haberse acogido al programa, y por ende, los créditos continúan de manera regular.

Si bien la norma permite dicha situación, puesto que son las entidades bancarias las que deciden voluntariamente acogerse o no al programa de garantías, similar a Reactiva Perú, para la cobertura de los créditos por S/5.500 millones, muchos de estos optaron por esta facilidad.

Empero, cuando un ciudadano solicita este beneficio en varias entidades argumentaron que de momento aún no pueden acogerse a la medida, ya que aún no está vigente en el establecimiento.

Lo cual es negativo para los deudores, puesto que mientras no se puedan acoger a la medida, los intereses continúan corriendo.

En tanto, los usuarios que si han podido solicitar su incorporación a la norma también se han encontrado con otros problemas como que sus créditos cumplan con todas las características para acogerse a la medida. En ese sentido, Machaca señaló que dichos requisitos se alejan de los ciudadanos que en verdad necesitan esta ayuda, puesto que en el caso de los créditos de consumo y personales, la condición es que estos no superen los 10 mil soles al 31 de agosto del 2020. Sin embargo, en la asociación, pocos son los que tienen un crédito de esta cantidad, ya que la mayoría al ser microempresarios de rubros como de transporte, alimento, calzado y textil, entre otros, requieren de más capital. Lo mismo sucede con el crédito mype, que establece que la deuda no debe ser mayor a 20 mil soles. Cantidad risible para emprender o invertir en un negocio, puesto que como mínimo un microempresario necesita 40 mil soles, sostuvo la presidenta de Deudores.

A esto se suma que si el empresario llegó acceder a algún otro programa del Estado como Reactiva Perú queda automáticamente excluido de una posible reprogramación de deudas. «La mayoría de comerciantes ha dejado de trabajar por cerca de seis meses. Lo cual se traduce en una pérdida total de ingresos. De modo que la mayoría de personas requirió un préstamo a un bajo interés como el otorgado por el Ejecutivo. Sin embargo, este dinero se utilizó para cubrir los alquileres, personal y ejecutar protocolos de bioseguridad más no para renovar mercadería o dar mantenimiento a su herramienta de trabajo.

Ante estos hechos, la asociación de Deudores señaló que vienen evaluando realizar un documento que congregue los múltiples inconvenientes para acceder a la reprogramación de deudas y elevarlo a los órganos que velan por los intereses de los usuarios financieros.

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