Bustamante y Rivero. Los gobiernos regionales y municipales pueden utilizar hasta un 25% de los recursos efectivamente transferidos, de los saldos de balance generados por dichos conceptos, provenientes del canon, sobrecanon, regalía minera y Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea (FOCAM). Así lo autorizó el Gobierno a través del Decreto de Urgencia N° 81.
La norma precisa que las municipalidades solo podrán financiar el gasto en bienes y servicios vinculados a los servicios públicos esenciales.
Mientras que los gobiernos regionales deben destinar los recursos en actividades de emergencia vinculadas a la prevención, control, diagnóstico y tratamiento del coronavirus. Así, puedan garantizar la adecuada prestación de servicios de salud, en el marco de sus competencias.
Para ello ambos niveles de gobierno están autorizados a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel programático con cargo a los recursos de su presupuesto institucional.
TRANSFERENCIAS
Aunque los alcaldes constantemente pidieron utilizar esos fondos para cumplir también con el pago de remuneraciones de sus trabajadores, no podrán hacerlo, según establece la norma.
No obstante, el Poder Ejecutivo dispuso la transferencia de partidas a favor de los gobiernos locales para financiar el gasto operativo esencial, debido a la disminución en la recaudación de ingresos directos y del Fondo de Compensación Municipal. Hecho ocasionado por el aislamiento social obligatorio establecido por la pandemia.
En ese sentido, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) transferirá hasta 354 millones 555 mil 87 soles a los municipios para cubrir gastos como planillas del personal activo y pensionista, prestación de servicios públicos como saneamiento rural, seguridad ciudadana, gestión de residuos sólidos, entre otros.
El decreto de urgencia también indica que los recursos que se transferirán y los que se habilitarán no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
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