Cercado. El Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró fundada la medida cautelar solicitada por Marcos Obando Aguirre y dispuso la suspensión de las elecciones de docentes representantes ante la Asamblea Universitaria y consejos de facultad de la Universidad Nacional de San Agustín (Unsa).
El Comité Electoral Universitario (CEU) acató la disposición de la jueza Karina Apaza del Carpio, pero cuestionó la decisión. Primero por la extraña celeridad del proceso, porque, señalaron a través de un comunicado, esos trámites demoran aproximadamente un mes. «…En este caso resultó “oportuna” su intervención, ad portas de realizar la elección», indican.
La solicitud de la medida cautelar fue presentada el 10 de junio y en cuestión de horas fue admitida y de inmediato concedida.
En tanto, el partido Innovación y Desarrollo Agustino (Idear) también emitió un comunicado dudando de la imparcialidad de la resolución. Indicaron que el personero de la lista Movimiento de Integración Democrática Agustina (Mida), que no logró inscribirse por incumplimiento de requisitos, Moisés Villagra Romero, fue testigo de matrimonio de la jueza que dictó la medida cautelar que paralizó las elecciones. Esto según otra solicitud de medida cautelar del año 2019, interpuesta ante la misma magistrada, contra el comité electoral de ese entonces. En esa oportunidad, la jueza emitió la Resolución N. 1 (Expediente 00828-2019-90-0401-JR-DC-01), en la que se deja constancia de la relación entre la magistrada y Villagra Romero.
Idear considera que, por ello, que como en aquella oportunidad, la jueza debió abstenerse (en este proceso), porque ha provocado lo que ella misma señaló si no se abstenía la primera vez: «desconfianza y una merma en la imagen del Poder Judicial».
Al respecto, el Mida, contrincante político de Idear, sostuvo que el actual demandante, Obando Aguirre, no tiene relación alguna con Apaza.
Según la resolución del juzgado constitucional, Obando denunció que el CEU fue elegido el 3 de mayo del 2020, cuando la Ley Universitaria y el estatuto establecen que este debe elegirse 6 meses antes del proceso electoral. Se agrega que el hecho también fue advertido por la Onpe.
Asimismo, indica que la Ley Universitaria no establece como requisito que se cuente con un padrón de adherentes que represente el 5 % de docentes ordinarios, lo que estaría vulnerando su derecho de participación.
Sin embargo, según documentos revisados por este medio, ese requisito del 5% sí está en el Reglamento de Elecciones de la Unsa, exactamente en el capítulo IV, artículo 21, inciso b). Por este y otros motivos, el Mida quedó fuera de las elecciones.
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