El Jurado Electoral Especial (JEE) resolvió declarar que no resulta jurídicamente ejecutable la medida cautelar contenida en la Resolución N.° 01-2026, emitida el 30 de setiembre de 2026 por el Primer Juzgado Civil de Puno, mediante la cual se ordenaba restituir la vigencia de la inscripción de Rafael Paucar Mestas como candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Capachica, por la organización política Partido País para Todos.
La decisión del JEE corresponde al Expediente N.° 00870-2026-9-2101-JR-CI-01 y se sustenta, según el pronunciamiento electoral, en las razones expuestas en su parte considerativa y en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Elecciones. El organismo electoral dispuso además comunicar de inmediato esta resolución al Primer Juzgado Civil de Puno, adjuntando los fundamentos que sustentan su determinación.

Asimismo, el JEE acordó remitir al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) una copia del Oficio N.° 870-2026-9-2101-JR-CI-01, sus anexos y la propia resolución, para que tome conocimiento del caso y, a través de la Procuraduría Pública competente, evalúe las acciones procesales que correspondan respecto de la medida cautelar emitida por el órgano jurisdiccional.
Finalmente, el pronunciamiento ya habría sido notificado notificado a Rafael Paucar Mestas y al personero legal del Partido País para Todos, conforme al Reglamento de Notificaciones de Pronunciamientos y Actuaciones Jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución N.° 0830-2025-JNE.
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