El Poder Judicial rechazó la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa de Pedro Castillo, que buscaba dejar sin efecto su sentencia de 11 años y 5 meses de prisión por conspiración para rebelión, además de cuestionar su vacancia, el levantamiento del fuero y la prisión preventiva.
La decisión fue emitida por la jueza Ana Osorio Sosa, del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, quien desestimó los argumentos basados en la opinión del Grupo de Trabajo de la ONU que calificó de arbitraria la detención del expresidente y recomendó su liberación.
La magistrada sostuvo que dicha opinión “no constituye una decisión de carácter jurisdiccional” y, por tanto, no resulta vinculante para el Estado peruano ni modifica directamente las decisiones adoptadas por la justicia peruana.
El juzgado también determinó que la detención de Castillo no fue arbitraria, al considerar que estuvo vinculada a una decisión judicial dentro del proceso por conspiración para rebelión y no a un supuesto caso de flagrancia.
Respecto a la vacancia y el levantamiento del fuero, la jueza tomó en cuenta lo señalado previamente por el Tribunal Constitucional, que determinó que Castillo intentó quebrantar el orden constitucional con su mensaje del 7 de diciembre de 2022.
Finalmente, Osorio Sosa precisó que, debido a que el proceso penal contra Castillo continúa en curso, corresponde a la justicia ordinaria evaluar las consideraciones planteadas en el informe del Grupo de Trabajo de la ONU.

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