El lunes 1 de junio comenzarán a regir las restricciones electorales en todo el territorio nacional, a fin de asegurar el correcto desarrollo de la Segunda Elección Presidencial del domingo 7 de junio, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
De acuerdo con el artículo 191° de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE), desde las 00:00 horas del lunes 1 quedará prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de los medios de comunicación.
El incumplimiento de esta disposición contempla multas que van entre 10 y 100 UIT (entre 55 mil y 550 mil soles).
Asimismo, desde las 00:00 horas del viernes 5 de junio no podrán realizarse reuniones o manifestaciones públicas de carácter político, conforme a lo establecido en el artículo 190° de la LOE. La vulneración de esta norma se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años, de acuerdo con el artículo 388° de la misma ley.
A ello se suma la suspensión de toda clase de propaganda política desde las 00:00 horas del sábado 6 de junio. Asimismo, la denominada “ley seca”, es decir la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas, regirá desde las 8:00 horas de ese mismo día hasta las 8:00 horas del lunes 8 de junio.
De acuerdo con el inciso a) del artículo 390° de la LOE, su incumplimiento se sanciona con cárcel no mayor de seis meses y multa no menor del diez por ciento del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa (S/ 3.390).

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