El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que el voto en el Perú continúa siendo obligatorio para la segunda vuelta presidencial del 7 de junio de 2026. En ese sentido, advirtió que los ciudadanos que no acudan a sufragar estarán sujetos a sanciones económicas y restricciones administrativas.
La multa por omitir el voto varía según el nivel de pobreza del distrito que figura en el Documento Nacional de Identidad (DNI). De acuerdo con la escala vigente, los montos establecidos son de S/110 para ciudadanos en distritos no pobres, S/55 para zonas consideradas pobres y S/27.50 para quienes residen en pobreza extrema.
El JNE precisó que la clasificación se realiza con base en el mapa de pobreza elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). La sanción se aplica de manera automática a quienes no voten y no presenten una dispensa válida posteriormente.
Las autoridades electorales también advirtieron que mantener multas pendientes puede generar limitaciones en trámites administrativos, notariales, bancarios y judiciales, además de restricciones en gestiones ante entidades públicas. La deuda electoral permanece activa hasta su pago o regularización.
Sin embargo, el organismo electoral aclaró que tener multas pendientes no impide votar en la segunda vuelta. Los ciudadanos mantienen su derecho al sufragio, incluso si arrastran sanciones de procesos anteriores.
En el caso de los miembros de mesa, la situación es más estricta. Quienes no cumplan con esta función deben pagar una multa de S/275, la cual se suma a la sanción por no votar, en caso de haber incumplido ambas obligaciones.
El JNE también recordó que existen mecanismos de dispensa electoral para quienes no puedan acudir a votar por motivos justificados, como enfermedad, viaje, robo de DNI o situaciones de fuerza mayor debidamente acreditadas.
Finalmente, los ciudadanos pueden verificar sus multas en la plataforma oficial del JNE y realizar el pago a través de medios digitales como Págalo.pe.

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