El inicio del fin. El juicio oral contra el expresidente Pedro Castillo por el intento de golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022 va llegando a su final. Desde su primera audiencia — el 4 de marzo de este año —, el exmandatario ha rechazado constantemente los hechos imputados por la Fiscalía, como el presunto delito de rebelión contra él, la ex primera ministra, Betssy Chávez, Aníbal Torres y otros.
Sentencia contra Pedro Castillo se conocería en diciembre
El tribunal de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, conformado por los jueces Iván Guerrero, José Neyra y Norma Carbajal, darían a conocer su fallo a inicio del mes de diciembre.
Según el abogado de Castillo, Javier Adrianzén, en dos semanas o antes del 7 de diciembre se daría a conocer la decisión final de los magistrados.
En caso no sea antes del 7 del próximo mes, Castillo podría salir de prisión preventiva tras haber cumplido 3 años recluido de su libertad. Según la ley, una persona no puede permanecer en prisión por más de 36 meses sin una sentencia judicial.
Juicio oral va llegando a su fin
Durante la última sesión del viernes 14 de este mes, se programó que el próximo martes 18 la defensa pública de Chávez Chino presente sus alegatos finales como parte de su derecho a la defensa en el proceso judicial. La intervención de su abogado quedó al final debido a que el letrado Raúl Noblecilla renunció y Julio Guzmán Cisneros quedara como el único en asumir la defensa.
Esta semana, se culminó con los alegatos de la Fiscalía, la Procuraduría, así como las defensas de Castillo, Torres, Willy Huerta, Manuel Lozada y Jesús Venero. Estos últimos solicitaron que sean absueltos, mientras que el primero que se condene por 34 años (presunta rebelión) o 19 años (supuesta conspiración), y se pague la reparación civil, que sería mayor a S/64 millones.
Ese mismo día, según anunció la directora de debates, Norma Carbajal, se comenzará con las autodefensas. Es decir, de acuerdo con el artículo 391 del Código Procesal Penal peruano, tras haber culminado los alegatos finales, se concede la palabra a cada acusado para que exponga lo que estime conveniente para su defensa por el tiempo que se le asigne en las audiencias.
Luego de las intervenciones de cada acusado, se procede a la deliberación. Es decir, el fallo o lectura de sentencia. Según el artículo 392 del CPP, «los jueces pasarán, de inmediato y sin interrupción, a deliberar en sesión secreta».

