El juez, Máximo Tacuri Robles, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sede Central Puno, declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva por el plazo de nueve meses en contra de Henry Gómez Paredes, por el presunto delito de uso de documento falso, en la modalidad de uso de documento público falso y fabricación de sellos o timbres oficiales.
Asimismo, el órgano jurisdiccional dispuso que los imputados José David Quispe Mamani y Jhancarlos Callo Titalo cumplan mandato de comparecencia con restricciones, conforme a lo establecido por el magistrado.
Los hechos que dieron origen al proceso ocurrieron cuando el personal de una conocida notaría de la ciudad de Puno detectó presuntas irregularidades en una escritura pública que aparentaba una compraventa de un terreno ubicado en el centro poblado de Salcedo.
Durante la revisión del documento, se identificó que Jhancarlos Callo Titalo figuraba como supuesto vendedor y José David Quispe Mamani como comprador, quienes habrían presentado fólderes, sellos y firmas falsificadas, en agravio del Estado peruano y complementariamente del notario Walter Condori Gálvez.
LOS NUEVE MESES
La medida coercitiva de prisión preventiva dictada contra Henry Gómez Paredes regirá desde el 24 de octubre de 2025 hasta el 23 de julio de 2026, periodo durante el cual el investigado deberá ser internado en el establecimiento penitenciario de Puno (ex Yanamayo). La Fiscalía Penal apeló la decisión del Juzgado.

