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Puno: PJ reconoció derecho a consulta previa

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PJ reconoció derecho a consulta previa

El Poder Judicial ha sentado precedente en favor de los pueblos originarios y las comunidades campesinas, al anular una concesión minera inscrita ante el Ingemmet hace algunos años. El fallo lo emitió días atrás el colegiado de la Sala Civil de Puno y el principal argumento es que no se consultó a las comunidades afectadas, tal como exige el Convenio 169 de la OIT.

INICIÓ LA LUCHA

Las comunidades campesinas de Atuncolla, ubicado en la provincia y región Puno, no se quedaron en silencio cuando descubrieron que casi 7 mil hectáreas de sus tierras comunales habían sido concesionadas sin su consentimiento ni información previa.

En 2017 presentaron una acción de amparo contra el Ministerio de Energía y Minas, el Ingemmet y la Empresa Cal & Cemento Sur, responsable de la concesión que se limitó a publicar un aviso en un diario oficial al que los comuneros no tienen acceso. Para ellos, enterarse de ello, recién cuando comenzó la exploración, fue una violación grave a sus derechos.

PRIMER REVÉS…

El 20 de octubre de 2022, el Juzgado Civil de Puno con Sentencia 182-2022 rechazó la acción de amparo, argumentando que la consulta previa no es un derecho fundamental reconocido en la Constitución y que las comunidades debían agotar otras instancias administrativas.

HISTÓRICO FALLO

Tres años después, el 2 de octubre de 2025, la Sala Civil de Puno revocó aquel fallo. Esta instancia emitió un voto en discordia lo que obligó la participación de un juez dirimente que se adhirió al de la mayoría y se reconoció la importancia y el rango constitucional del Convenio 169. Esta sentencia que ya es cosa juzgada, confirmó que la consulta previa debe realizarse antes de que se otorgue y ejecute cualquier concesión minera.

MUY IMPORTANTE

El Convenio 169 de la OIT es un tratado internacional de derechos humanos, con rango constitucional. La sentencia deja claro que es una norma vinculante e innegociable.

Además, establece que no puede justificarse la falta de consulta previa bajo la excusa de que la concesión no implica todavía actividades mineras: la consulta debe ser previa a la concesión misma, no después, cuando ya el daño puede ser irreversible.

JURISPRUDENCIA

Este fallo se convierte en una herramienta fundamental para cientos de comunidades campesinas e indígenas que enfrentan concesiones entregadas sin consulta en todo el país.

MÁS DE 150 EN PUNO

En Puno, por ejemplo, más de 150 concesiones mineras se sobreponen a territorios comunales vulnerables. Ahora, gracias a esta decisión, esas comunidades tienen un precedente legal sólido para exigir que se respete su derecho a decidir sobre sus tierras.

ESTAR VIGILANTES

Este fallo demuestra que la lucha judicial puede abrir espacios para la justicia comunal, pero estas deben estar vigilantes y organizadas para impedir que el Estado y las empresas violen sus derechos.

LA LUCHA SIGUE

Mientras el Congreso debate modificar la Ley de Consulta Previa, con ciertos lobbies, la sentencia en Puno envía un mensaje claro: el Poder Judicial puede y debe garantizar el respeto a los derechos indígenas. Esta victoria en Atuncolla marca un hito importante a nivel nacional.

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