El expresidente Pedro Castillo sigue —y seguirá— acumulando derrotas en los tribunales ante sus lamentables intentos de anular su vacancia dictada por el Congreso. Ahora, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema, por primera vez, se pronuncia y rechaza dos amparos del golpista con los que solicitaba su restitución como jefe de Estado.
Pedro Castillo argumentaba que el Congreso, el mismo que pretendió disolver inconstitucionalmente, vulneró el debido proceso al vacarlo con una moción de vacancia totalmente diferente a la que se iba a debatir el día del golpe, el 7 de diciembre de 2022, y sin el número legal para su admisión y aprobación.
De plano, en ambas sentencias a las que accedió Infobae, los jueces supremos traen a colación de que el Tribunal Constitucional ya se pronunció al respecto sobre el proceso de destitución del hoy recluido en el Penal Barbadillo.
Como se recuerda, el TC dejó sentado que, en el contexto del golpe de Estado, no era exigible el cumplimiento del proceso de vacancia pues este está previsto «para una situación de normalidad constitucional, en la cual los altos funcionarios se encuentran investidos de privilegios e inmunidades temporales para garantizar el adecuado ejercicio de sus funciones“.
Asimismo, los tribunos establecieron que el Parlamento «actuó con legítima celeridad» en «defensa del orden constitucional» que había sido «vulnerado grotescamente por quien había anunciado su decisión de deponer al Poder Legislativo e implantar un gobierno de facto, con la consiguiente destrucción o aniquilamiento de las instituciones republicanas“.
Razonamiento inaceptable
A partir de lo resuelto por el Tribunal Constitucional, la Sala Suprema de Derecho Constitucional y Social Permanente afirma que lo que en realidad pretenden las demandas es establecer que las instituciones del Estado no podían hacer alguna acción para detener el golpe de Estado de Pedro Castillo.
“Y que el Congreso de la República debía tolerar y aceptar la toma del poder siguiendo procedimientos de naturaleza ordinaria, a pesar que en el Mensaje de la Nación del 7 de diciembre del 2022, el recurrente (Pedro Castillo) disponía disolverlo temporalmente. Dicho razonamiento es inaceptable“, se lee en la sentencia.
En efecto, Pedro Castillo —a través de su defensa y abogados fanáticos— en palabras sencillas exige un debido proceso por parte de la institución que él pretendió disolver inconstitucionalmente. Un razonamiento absurdo característico del maestro de escuela y sus simpatizantes.
Más demandas de Pedro Castillo
Cabe precisar que, según pudo conocer Infobae, hay otras tres demandas de amparo de Pedro Castillo. Buscan lo mismo: anular su vacancia y restituirlo como presidente de la República. Sin embargo, tomando en cuenta lo resuelto recientemente, estas están prácticamente destinadas al rechazo.
Pese a que es imposible que obtenga un fallo que lo reponga como jefe de Estado, Castillo podría recurrir al Tribunal Constitucional. Ahí solo el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse considera que se vulneraron los derechos del exmandatario, pero solo en lo que respecta a su detención en flagrancia más no al proceso de vacancia en el Congreso de la República.