Icono del sitio Diario Sin Fronteras

Estos trabajadores no recibirán la gratificación de julio este 2025

685bf4101db5e958890a9ddd

Cada vez falta menos para que se realice el pago de la gratificación de julio a los trabajadores formales del sector privado. Este beneficio, que por lo general representa un monto cercano o superior a un sueldo completo, suele llegar en un momento ideal para que muchas personas puedan ponerse al día con sus deudas, hacer compras de mitad de año o alistarse para los gastos de Fiestas Patrias, entre otros propósitos.

Aunque este beneficio alcanza en términos generales a los trabajadores del sector privado, no todos acceden al monto completo, e incluso algunos no lo reciben en absoluto.

Un ejemplo claro son aquellos empleados cuya remuneración está sujeta al esquema de remuneración anual, ya que en este caso el monto correspondiente se distribuye en los sueldos mensuales a lo largo del año, por lo que no reciben gratificación en julio ni diciembre. Asimismo, tampoco reciben este beneficio los trabajadores de microempresas contratados luego de que la empresa se inscribió en el Remype, al igual que los practicantes, los independientes y otros casos similares.

¿Quiénes no acceden a la gratificación?

La gratificación completa en los meses de julio y diciembre está reservada para los trabajadores que figuran en planilla del sector privado y que hayan laborado por lo menos durante los seis meses previos al pago. Estos reciben el 100% de su remuneración, más un 9% adicional correspondiente a EsSalud.

«Tienen derecho los trabajadores subordinados de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial; pues para percibir este beneficio no se requiere que el trabajador haya laborado la jornada mínima de 4 horas diarias», añade la Cámara de Comercio de Lima.

Los trabajadores que no cumplen con estas condiciones pueden recibir una gratificación reducida o simplemente no acceder a ella. Por ejemplo, quienes hayan trabajado menos de seis meses reciben un monto proporcional al tiempo laborado. Por otro lado, aquellos empleados de micro y pequeñas empresas que están en la denominada «media planilla» obtienen solo el 50% del beneficio. Sin embargo, en algunos casos, ni siquiera esta fracción es otorgada.

Lista de trabajadores que no reciben gratificación

Los trabajadores independientes no reciben gratificación, ya que no están en planilla ni sujetos a una relación de subordinación laboral. En otras palabras, prestan servicios bajo la modalidad de locación.

Los empleados de microempresas que fueron contratados luego de que la empresa se inscribiera en el Remype tampoco acceden a este beneficio.

Practicantes y pasantes están excluidos del pago de gratificación. Aunque los practicantes sí reciben un abono tras seis meses de labores, este no equivale a la gratificación tradicional.

Finalmente, quienes tienen sueldos bajo el régimen de Remuneración Integral Anual (RIA) no reciben gratificación ni en julio ni en diciembre, ya que estos pagos están prorrateados en doce partes e incluidos en el salario mensual, al igual que la CTS.

Salir de la versión móvil