El Congreso promulgó por insistencia la ley que modifica el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, a fin de establecer nuevos rangos para la licencia sin goce de haber, el periodo de cese y el cálculo de la compensación por tiempo de servicios (CTS).
La norma publicada en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, establece que los servidores públicos y funcionarios comprendidos en el Decreto Legislativo 276, recibirán una CTS equivalente al 100 % de su remuneración total por cada año completo o fracción mayor de seis meses trabajados.
En el caso del personal de los gobiernos locales, en su remuneración total o íntegra, solo se consideran todos los conceptos que perciban permanentemente hasta el mes de su cese.
SOBRE LOS CESES Y LICENCIAS
La ley también establece que los servidores públicos pueden ser cesados de manera definitiva al llegar al límite de edad de 70 años, pero pueden continuar en su puesto hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan esa edad.
Además, se regula el uso de permisos o licencias por causas justificadas o motivos personales, permitiendo que las licencias sin goce de haber se extiendan hasta por tres años, continuos o discontinuos, contabilizadas dentro de un período de 5 años.
Cabe señalar que la autógrafa de las modificaciones al DL 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, fue observada por el Ejecutivo en noviembre de 2024 y fue aprobado por insistencia el pasado 11 de diciembre de 2024.
La norma lleva la firma del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana, y la primera vicepresidenta. del Congreso, Patricia Juárez.