El Poder Ejecutivo avisó de la presentación ante el Congreso de un nuevo Proyecto de Ley que buscará establecer disposiciones para la prevención y lucha contra los incendios forestales. Buscarán que las personas que provoquen estos siniestros sean sancionados de manera efectiva y drástica.
Penas duras contra quienes incendien bosques
Entre tanto, se buscaría la modificación de los artículos 310 y 310-C del Código Penal para establecer penas que vayan desde los diez años de pena privativa de libertad. De este modo, las personas que atenten contra los espacios boscosos o que tengan injerencia en los recursos forestales de manera negativa, serán penados.
«Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años y con prestación de servicios comunitarios de cuarenta a ochenta jornadas el que, sin contar con permiso, licencia, autorización o concesión otorgada por autoridad competente, destruye, quema, daña o tala, en todo o en parte, bosques, formaciones boscosas u otros recursos forestales, sean naturales o plantaciones», señala el artículo 310, Delitos contra los bosques o formaciones boscosas.
De este modo, todo aquel que provoque un incendio forestal sobre bosques y sus derivados, sean naturales o plantaciones, será reprimido de libertad por no menos de seis ni más de ocho años. En caso sea por culpa, la pena no será menor de cuatro años y no mayor de seis años.