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Puno: La UNA consiguió su primera victoria en PJ

La UNA consiguió su primera victoria en PJ

La UNA consiguió su primera victoria en PJ

La Universidad Nacional del Altiplano (UNA) obtuvo su primera victoria judicial, en un litigio que mantiene con la familia Tapia Reyes, que pretendía cobrar un millonario alquiler como «pago de frutos» desde el 2017 hasta junio de este año, alegando ser la propietaria del inmueble ubicado en la avenida Ejército 329, donde desde hace más de cuatro décadas funciona el Edificio Universitario.

Tras analizar que no es así, el último 27 de agosto del presente año, el titular del Tercer Despacho Especializado en lo Civil de Puno, Guido Chevarría, emitió la Sentencia 139-2024, que declaró infundada la demanda de pretensión de «Pago de Frutos», contra la UNA.

MILLONARIO ALQUILER

El 20 de junio de este año, el ciudadano Francisco Edgar Tapia Reyes, demandó el pago de S/ 2 millones 430 mil, a razón de S/ 30 mil mensual, desde el 18 de setiembre del 2017 a la fecha de la demanda.

Como se recuerda, dicha familia arguye ser propietario del referido bien inmueble, y en otro proceso interpusieron una demanda por reivindicación su derecho de propiedad, y la UNA presentó una prescripción adquisitiva de dominio en el 2018 el cual se ventila en el Primer Juzgado Civil de Puno.

Tras el litigio arriba mencionado, la Oficina de Asesoría Legal de la UNA presentó documentos que tácitamente desestimaron la supuesta propiedad, y de manera enfática rechazaron que se pague un centavo por el inmueble en cuestión porque, en suma, no presentaron un contrato o documento que haya generado dicha obligación.

¿LAS PRUEBAS?

«… Al presente proceso no se ha introducido medio probatorio idóneo que tenga por propósito acreditar la existencia de una relación jurídica existente entre la Universidad Nacional del Altiplano y otra persona (natural o jurídica) por medio del cual el inmueble submateria haya generado o producido frutos civiles a favor (…)

NO BASTA

«… más bien se puede asumir que la posesión del inmueble materia solo recae en una entidad demandada (la UNA). El demandante se ha limitado a alegar su derecho de propiedad (…) como si tales condiciones fueran suficientes para generar y reclamar los frutos civiles», precisa el fundamento del juez.

Por su parte, la UNA ha presentado no solo la minuta con la que adquirió dicha propiedad en noviembre de 1979 , sino también los recibos y depósitos pagados por la propiedad del terreno de 4463 metros cuadrados (1776 m2 de área construida).

SE HACE JUSTICIA

El rector de la UNA, Paulino Machaca, dijo no haber analizado a fondo la sentencia, pero consideró que el Poder Judicial hace justicia, porque sería descabellado que ordene el pago de un centavo por el uso de una propiedad que es suya.

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