El caso ‘Correcaminos del Sur’ corre el riesgo de caerse, y con ello quedarían libres los implicados. Esto debido a que la fiscal Marita Cueva Ojeda, a cargo de las investigaciones y la acusación, argumentó que para el proceso se debe aplicar la nueva Ley 32108, la cual modifica las sentencias mínimas para procesar a imputados mediante la figura de organización criminal.
De acuerdo a la Fiscalía, los ‘Correcaminos del Sur’ son una presunta organización criminal que cobraba cupos de S/200 a S/500 a transportistas de minivans para permitirles brindar el servicio de transporte interprovincial. Asimismo, organizaban operativos en las carreteras para también cobrar cupos a los transportistas que no estaban en regla. La supuesta organización operó durante la gestión de la exgobernadora Yamila Osorio.
Algunos miembros de esta organización eran extrabajadores de la entidad regional, específicamente de la Gerencia de Transporte; por ejemplo, el gerente de Transportes, José Gamarra.
Durante las pesquisas de la fiscal se logró identificar a 28 personas. De estas, 20 están dentro de la figura de organización criminal, y la pena que se pedía era de entre 19 y 20 años de prisión efectiva. Mientras que para el resto de involucrados se pedía penas de entre 5 a 12 años.
Iniciado el juicio, se conoció que la mayoría de involucrados buscaba acogerse a la terminación anticipada de sus juicios. Es decir, aceptarían sus delitos para reducir sus penas y así no volver a la cárcel. Sin embargo, estos acuerdos fueron rechazados por el Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, en los casos de los implicados en la figura de organización criminal. De modo que solo aplicó para 6 de los implicados.
Pero ahora la suerte podría cambiar para el resto de imputados, pues las defensas, así como la propia fiscal, ya solicitaron cambiar la tipificación del caso. Con esto, los implicados ya no serán procesados por organización criminal, sino por banda criminal o hasta se les puede procesar por los delitos individuales cometidos. Esto está respaldado por la nueva Ley 32108, promulgada el 9 de agosto por el Congreso. Dicha norma cambió las penas mínimas de los delitos que pueden ser incluidos dentro de la figura de crimen organizado, de 4 años a 6 años.
Es importante mencionar que esta norma ya fue observada por la Junta de Fiscales Supremos, pues advierten que la norma no ayuda a combatir el crimen organizado. Sin embargo, así el Tribunal Constitucional o el Congreso reviertan la norma, los beneficios que obtuvieron los procesados ya no se pueden revertir.