Los jueces superiores, Reynaldo Luque Mamani, Fredy Ayestas Ardiles y Javier Hilbert Arpasi Pacho, declararon nula la sentencia contenida en la Resolución N.º 13 de fecha 21 de febrero del año dos mil veinticuatro, mediante la cual los jueces del Juzgado Penal Colegiado condenaron a N.Q.A., como autor de la comisión del delito contra la Libertad Sexual, en agravio de la menor de iniciales L.LL.C., representad por su progenitora P.C.C.
En consecuencia, los magistrados declararon nulo el juicio oral llevado a cabo por el Colegiado y y apartaron del conocimiento de este proceso a los señores magistrados que integraron el Juzgado Penal Colegido Conformado de Puno, debiendo remitirse los actuados a los señores jueces llamados por ley y, ordenaron que el nuevo Colegiado lleve a cabo nuevo juicio oral y emita otra resolución con arreglo a ley y teniendo en cuenta lo manifestado en la parte considerativa de la presente sentencia de vista.
Asimismo, ordenaron la inmediata libertad y excarcelación del sentenciado y dictaron de oficio comparecencia con restricciones en contra del acusado quien tendrá que firmar cada 15 días.