La Segunda Sala Penal de Apelaciones declaró «infundado» el pedido de la Fiscalía para dictar nuevamente prisión preventiva contra Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular (FP).
«La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó resolución del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, que declaró infundado requerimiento fiscal de revocatoria de la comparecencia con restricciones, y dictar nuevamente prisión preventiva contra Keiko Fujimori», se lee en la resolución.
En ese marco, la Sala Superior explicó que no aprobó la solicitud de los fiscales del Equipo Especial del caso Lava Jato, José Domingo Pérez y Rafael Vela, ya que «no advirtió ningún incumplimiento de la regla de conducta» impuesta contra Fujimori Higuchi desde abril del 2020.
Como se sabe, Pérez Gómez y Vela Barba requirieron modificar la medida de comparecencia con restricciones por prisión preventiva contra la lideresa de FP a raíz de un viaje que hizo a California.
En tal sentido, el juzgado apuntó que se variaron las estipulaciones de la medida cautelar.
“Está obligada de no ausentarse de la ciudad de su domicilio fijado en el expediente, ni variar el mismo sin previa autorización por escrito (…) el viaje de la persona ya sea al interior o al exterior del país, sin el ánimo de permanecer allí, no puede asimilarse a una variación del domicilio”, argumentó.
Finalmente, la Segunda Sala Penal de Apelaciones resaltó que Keiko Fujimori ya cumplió dos prisiones preventivas que suman más de un año de privación de libertad.
“Si bien resulta loable pretender asegurar la ejecución de una eventual condena, ello de ninguna manera puede significar la imposición de prisiones preventivas sin límite en el tiempo. (…) Se impone entonces que los representantes del Ministerio Público sepan racionalizar las herramientas procesales que les confiere el ordenamiento jurídico», concluyó.