La Superintendencia Nacional de Migraciones recordó que los ciudadanos extranjeros que cuenten con su Carné de Extranjería (CE) vigente pueden tramitar su licencia de conducir ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), para uso particular, transporte terrestre o de mercancía, según sea el caso.
Con dicho documento, y de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa, los ciudadanos extranjeros podrán obtener su licencia de conducir vehicular, emitida por el MTC. La información para el trámite se encuentra en la página web de dicha entidad.
El CE permite a las personas extranjeras, que cuentan con calidad migratoria residente o permanente, acceder a una licencia de hasta cinco años, y 10 años para los que opten por una categoría A1A.
Los extranjeros que cuenten solo con el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) tienen que esperar para cambiar de calidad migratoria y conseguir el CE, documento con el que podrán conseguir su brevete.