¿Vas a gestionar tu grado de bachiller o título profesional? Conoce estos cuatro requisitos que las universidades públicas o privadas no deben exigirte al momento de tramitar tu grado de bachiller o título profesional:
-Copia fotostática del grado académico de bachiller autenticado por el fedatario de la universidad.
-Constancia de egresado de la escuela profesional correspondiente, expedida por el decano, en original o copia autenticada por el fedatario de la universidad, según formato aprobado por el Consejo Universitario.
-Recibo de pago, emitido por la oficina de tesorería, por derecho de asesoría académica para obtención de grado académico de bachiller.
-Copia legalizada del DNI.
Estos requisitos ya han sido eliminados gracias a la acción de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB), que junto a la Secretaría Técnica de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (SRB) promueve la simplificación administrativa en la tramitación de los procedimientos para la obtención de los grados de bachiller o título profesional.
Cabe destacar que estas medidas están en concordancia con la normativa vigente, como el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), ya que la información solicitada la posee la propia casa de estudios y se trataría de documentación expedida por la misma institución.
Además, las entidades de la administración pública están prohibidas de solicitar la presentación de constancias de pago realizadas ante ellas mismas por algún trámite.