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Regidores habrían usurpado funciones

Dispusieron la compra directa de combustible, algo que no les correspondería.

Dispusieron la compra directa de combustible, algo que no les correspondería.

La Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Arequipa aperturó un procedimiento preventivo en contra de los cinco regidores del Concejo Municipal de Samuel Pastor por el delito de usurpación de funciones.

Como se sabe, el procurador de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor denunció que los regidores aprobaron el Acuerdo de Concejo Municipal N⁰ 036-2023, donde se aprueba la adquisición de combustible por contratación directa, por desabastecimiento inminente, para las unidades vehiculares de la Municipalidad Distrital de Samuel Pastor, por los meses de marzo y abril.

En el mismo acuerdo se dispone que las áreas de logística y almacén se encarguen de la compra directa del combustible.

Sin embargo, según la denuncia realizada por el procurador de la Municipalidad de Samuel Pastor, de acuerdo con el Art. 10 de la Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones de los regidores proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos, formular pedidos y mociones de orden del día y realizar labores de fiscalización, pero no ejercer funciones administrativas y ejecutivas, por lo que todos los actos realizados en ese marco serían nulos de derecho. Así las cosas, los concejales estarían cometiendo una infracción de causal de vacancia en el cargo.

Los regidores habrían incurrido en el delito de usurpación de funciones por realizar acciones que no les corresponden, ya que el Acuerdo Municipal 036-2023 del 24 de marzo es de carácter administrativo y ejecutivo, porque se les ordena a las áreas de logística y almacén que realicen acciones para la contratación de dicho servicio.

Ante este hecho, la Fiscalía Anticorrupción de Arequipa ha decidido abrir una investigación preliminar en contra de los regidores del Concejo Municipal de Samuel Pastor (Brithany Thaís Fernández Chambi, Noemí Patricia Supo Velásquez, Frank Joel Huamaní Huamaní, José Luis Cruces Montoya y Aldo Roland Naventa Ataucuri) a fin de determinar si hay indicios de que han cometido el delito de usurpación de funciones. El plazo es de 30 días.

La Fiscalía ha dispuesto recabar la declaración del procurador, pedir un informe a la gerencia general del municipio, copia del acta de sesión del concejo del 24 de marzo, etc.

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