En el Día Mundial contra el Cáncer, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) recordó que los trabajadores del sector público y privado, sin excepción, tienen derecho a solicitar una licencia con goce de haber al año para realizarse exámenes oncológicos de manera preventiva.
Para acceder a este permiso, el trabajador previamente deberá de presentar a su empleador o autoridad superior la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar. Posteriormente, deberá presentar los documentos que acrediten que se recibió dicha atención.
De acuerdo a lo establecido en la Ley 31479, que incorpora el artículo 12 de la Ley Nacional del Cáncer (Ley 31336), la licencia solicitada será de carácter compensable.
Por ello, los trabajadores, de acuerdo a lo que indica la norma, tienen derecho a una licencia anual compensable, hasta por dos días hábiles, consecutivos o no, para someterse a sus exámenes preventivos oncológicos. La licencia otorgada al trabajador será compensable con horas de trabajo que serán acordadas con el empleador.
Por otro lado, el MTPE detalla que, en el caso de las trabajadoras, ellas tienen derecho a un día de licencia con goce de haber al año para practicarse exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino. Esta licencia específica no requiere ser compensada.