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Gobernador Torres retorna a detención domiciliaria

Luis Torres había sido liberado el 26 de diciembre.

Luis Torres había sido liberado el 26 de diciembre.

Mediante resolución N.° 9, del 23 de enero, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Tacna (CSJT) dispuso que el gobernador regional Luis Torres Robledo retorne a detención domiciliaria como medida de prisión preventiva por el presunto delito de tráfico de terrenos por el que es investigado.

Por mayoría la sala resolvió revocar la resolución N.° 3, del 26 de diciembre de 2022, que declaró fundado el pedido de cese de detención domiciliaria hecho por la defensa técnica del imputado. Además la reformó y declaró infundado dicho pedido, por lo que dispuso que se mantenga la detención de la autoridad regional con custodia policial permanente.

Torres cumple detención domiciliaria desde el 24 de diciembre de 2020, cuando se impuso dicha medida por quince meses, la misma que fue confirmada el 3 de febrero de 2021 por la sala penal. El 24 de marzo del año pasado se declaró fundada la prolongación de la prisión por 16 meses, lo que fue confirmado el 21 de abril. El 9 de septiembre se declaró infundado el pedido de cese, con confirmación el 6 de octubre.

Tras la liberación de Torres en diciembre pasado, la fiscalía superior apeló la decisión argumentando que la credencial de gobernador que se le otorgó no era suficiente para que reciba dicha condición, pues en anteriores resoluciones no fue considerada como arraigo laboral.

Además reiteró que en un allanamiento a su domicilio el año pasado se determinó que borró conversaciones de Whatsapp, obstaculizando así las investigaciones, y se encontró sellos de la Municipalidad Provincial de Tacna (MPT).

Por su parte, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Tacna, mediante alegatos orales, solicitó que se revoque la liberación argumentando que no se dieron razones para variar la detención.

Aseguró que el arraigo no es único para ponderar el peligro de fuga, ya que debe examinarse la gravedad de la pena, magnitud de daño, comportamiento del investigado, entre otros.

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