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Docentes de institutos con CTS al momento de su cese

La CTS es un sueldo completo por cada año trabajado.

La CTS es un sueldo completo por cada año trabajado.

Los docentes nombrados o contratados de los institutos y escuelas de educación superior recibirán una Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) equivalente a una remuneración total por año trabajado al momento de su cese, según la ley promulgada esta mañana por el presidente del Congreso, José Williams Zapata.

La autógrafa modifica la Ley N° 30512, de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes, aprobada por insistencia por la Representación Nacional, durante la sesión del Pleno del 21 de diciembre.

En una ceremonia realizada en la sala Raúl Porras Barrenechea, que contó con la participación de docentes de institutos y escuelas superiores, el titular del Parlamento destacó el rol de estos profesionales por generar el progreso de nuestro país.

“Ustedes que son parte de la educación superior cumplen un rol fundamental en la educación de los jóvenes, esta lucha es de ustedes y en algo contribuye por hacer una tarea valiosa”, expresó Williams Zapata.

La iniciativa establece que los docentes nombrados o contratados de los institutos y escuelas de educación superior recibirán una CTS al momento del cese, a razón del 100 % de su remuneración integral mensual superior por año o proporcional por cada mes y día de tiempo de servicios oficiales, incluido los laborados en cualquiera de las etapas de sistema educativo.

Entre otros beneficios para los docentes, se encuentran la bonificación por escolaridad y subsidio por luto y sepelio al fallecimiento del cónyuge o conviviente.

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